Por Miguel Izaguirre
En los dos últimos meses, he estado en contacto con diversos clientes y profesionales del derecho y he observado que comparten principalmente dos inquietudes importantes sobre el fideicomiso. La primera de estas inquietudes: ¿Qué es el fideicomiso? ¿Es un contrato accesorio, un gravamen, ambas cosas, una anotación marginal o aviso preventivo? La segunda gran duda que es: ¿Cómo se determinan los costos de un fideicomiso? ¿Por qué puede ser tan económico o costoso?
Cuando se tiene intenciones de constituir un fideicomiso, independientemente de su finalidad, es fundamental contar con la asesoría de un experto y en quien se pueda confiar. La base de todo buen negocio siempre es y será la confianza.
En este sentido, el primer contacto suele con un abogado, un contador público o, en muchas otras ocasiones con un notario público. Todos ellos son profesionales en su campo y, por lo general, personas de confianza para el cliente.
Continuando con la trama, alguno de los profesionales que mencione anteriormente, escucha al cliente qué es lo que desea o cuáles son sus intenciones al constituir el fideicomiso.
Después de todo escuchar, salvo los notarios que propondrán otros esquemas, como compraventas con reservas de dominio, hipotecas, donaciones, etc. (Disculpen amigos notarios, pero así sucede a veces, y no es su culpa; sé que es debido al mal servicio de las fiduciarias, pero no somos todos somos así) estos profesionales buscarán acercarse a un fiduciario para poder constituir el fideicomiso.
Hasta aquí, aparentemente todo transcurriría en calma. Sin embargo, es en este punto donde comienzan a complicarse. y aquí amigo lector, es donde debes de estar muy bien asesorado, que algo se complique, no significa que siempre sea negativo -quiero desmenuzar todo esto para que te sea más fácil entenderlo y sepas a que te enfrentas y como hacerle frente- Por lo general cada que hablamos de un fideicomiso involucramos un tema eminente económico, ósea que hay dinero de por medio, si como cliente has elegido que lo mejor para la operación que vas a realizar es el fideicomiso, y así lo confirman tus asesores, solo hay que buscar que se den en las mejores condiciones, sin embargo hay que tomar en cuenta, que hay que realizar una cierta inversión para lograr la seguridad y transparencia que proporciona el fideicomiso. Los cuales pueden ser los siguientes:
- Abogado, que podrá negociar con alguna de las partes, te asesorará a lo largo de todo el proceso, podrá elaborar ciertos contratos previos y hasta un borrador del contrato de fideicomiso. Cobrará conforme a su experiencia y prestigio, NO existe un tabulador, pero dependiendo de las condiciones del negocio te pudiera cobrar una iguala, una cantidad fija o un porcentaje, el cual en mi experiencia no debería de ser superior al 1% del valor del negocio (lo cual sería un límite alto, pero se puede dar, dependiendo de las condiciones de pago). Aclarando que puede ser que lo contrates o no, mi sugerencia seria que si contrataras.
- Financiero/Contador, posiblemente la operación requiere de un contador y/o financiero que revise la contabilidad y/o los flujos del negocio fiduciario, previo, durante o finales del fideicomiso. Los cobros son bastante variables y van a depender de tamaño del negocio. Puede ser que llegues a no necesitarlo, mi sugerencia es asesórate.
- Notario Público, casi siempre intervendrá un notario público en las operaciones fiduciarias, para ellos en la mayoría de los Estados existe una ley que regula los aranceles, pero en algunos casos he visto que llegan hasta el 4% del valor de la operación, no conozco todas las legislaciones, pero es para tomarse en cuenta y también de platicarlo con los notarios.
- Fiduciario, invariablemente tiene que intervenir el fiduciario, los costos por los diversos servicios son variables, pero creo que el que más interesa, es por constituir un fideicomiso y el mantenimiento. Por constituir un fideicomiso he visto fiduciarias que pueden llegar a cobrar $50,000 mxn hasta 3% del valor de la operación; y por mantenimiento anual desde $10,000 mxn hasta .5% del valor del patrimonio fiduciario. Cabe aclarar que cada fiduciaria tiene sus propios aranceles, que cambian constantemente y que algunas los puedes negociar en costo o en forma de pago (es el caso de mi fiduciaria) en algunas otras no, cada quien sabe cómo estructura su negocio.

Que es lo importante de todo esto, que a los profesionales que te acerques, tengan conocimiento del tema que les vas a plantear, si es un tema de inversión, ósea un fideicomiso patrimonial, existen fiduciarias de nicho especializadas específicamente en el tema, de cómo organizar un portafolio de inversión y que sea transmisible para tus hijos, pero que no puedan gastar el capital solo los intereses, por ejemplo; hay otras fiduciarias que te pueden ayudar con servicios conexos al ser bancos, te dan otros servicios que te pueden ayudar en tu negocio; existimos otros fiduciarios que le entendemos muy bien al tema de desarrollo inmobiliario, y que no es solo hacer un contrato, si no todas las implicaciones que toma el desarrollo inmobiliario.
Con esto a lo que quiero llegar es asesórate lo mejor posible, pero toma en cuenta que eso tiene un costo, con eso no quiere decir que derroches dinero, pero que si, definitivamente va a haber que gasta, porque no existen los negocios de puro aire.
Con la otra duda que les comento que me he topado, el fideicomiso ¿qué es, un contrato accesorio, un gravamen, son ambas o qué, o una anotación marginal, o un aviso preventivo?
El Fideicomiso es un contrato autónomo, en algunas ocasiones puede tener como antecedente algún otro contrato, pero siempre conservara su autonomía, no puede considerarse como un contrato accesorio o subsidiario, como lo pudiera ser el contrato de prenda o el contrato de hipoteca; puesto que para que estos contratos existan invariablemente es necesario que exista un contrato principal que les de origen.
El Fideicomiso NO puede ser considerado un gravamen, porque como ya te comenté, no es un contrato accesorio, y al ser un contrato autónomo con la característica formidable que tiene un patrimonio propio, esto es, que los fideicomitentes al decir que aportan bienes muebles o inmuebles, al patrimonio del fideicomiso, esto quiere decir que dejan de ser suyos para pasar al patrimonio propio del fideicomiso, administrado por el Fiduciario, en otras palabras, los bienes pasaran a nombre del Fiduciario. Es por ello, que el fideicomiso debe contar con su propia inscripción (si hablamos de bienes muebles), o tendrían que endosar en propiedad si hablamos de facturas, o refacturaciones en algunos casos, etc.
Una cosa más, no tengas temor a preguntar, y resolver cualquier duda, y te reitero asesórate lo mejor posible.
Miguel Izaguirre
Licenciado en Derecho con más de 18 años de experiencia. Miembro del bufete de abogados Izaguirre Consultoría Legal & Litigio.
